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Los pisos de nueva construcción deberán tener un mínimo de 40 metros cuadrados

El Govern de la Generalitat presenta la actualización y adaptación del Decret de condicions d’habitabilitat en cuanto a los criterios de calidad y a los contenidos de la cédula de habitabilidad de vivienda. El Decret se aplica a todo tipo de vivienda, tanto a los de nueva construción como a los que resulten de obras de gran rehabilitación.

El Decret fija un estándar de superficie mínima, que corresponde a unos 10 metros cuadrados por cada habitante que vive en una vivienda. El Decret especifica las condiciones generales de habitabilidad para la vivienda. Todo edificio apto para convivir dos personas debe tener una superficie útil mínima de 40 metros cuadrados. Además, debe constar, como mínimo, de un estar-comedor, una cámara higiénica, un equipo de cocina, un equipo de lavado de ropa, y prever una solución para el secado natural de la ropa.

En cuanto la accesibilidad, el Decret indica que todos los edificios plurifamiliares deberán disponer de un itinerario practicable para acceder a cada una de las viviendas y a los espacios comunitarios al servicio de la vivienda y ser practicables.

Además, los edificios deberán ser concebidos atendiendo a la optimización de las condiciones naturales del clima. En particular, dispondrán de elementos arquitectónicos que proporcionen una respuesta sostenible a los requerimientos climáticos.

También marca un mínimo de altura en las viviendas, de 2,50 metros, que en el caso de las cámaras higiénicas, cocinas y espacios de circulación será de 2,20 metros.

Obligatoriedad de la cédula de habitabilidad
La cédula de habitabilidad es el documento específico por el que se acredita que una vivienda cumple con las condiciones de calidad previstas en la Llei del dret a l’habitatge y este Decret, así como las exigencias de la normativa urbanística.

Todas las viviendas deben disponer de la cédula de habitabilidad conforme con este Decreto, con una vigencia de 15 años. En el caso de las viviendas de nueva construcción y  obras de gran rehabilitación, deben disponer de la cédula antes de su ocupación.